Marco normativo

 

La presente Estrategia será implementada en apego al marco normativo vigente en materia de protección de la salud contra riesgos sanitarios, orientada a promover los valores, las reglas de integridad y ética en el servicio público en las APCRS, en el pleno y debido ejercicio de las personas servidoras públicas, mediante la prevención de conductas que representen posibles actos de corrupción y que repercutan en la debida ejecución de los procesos de operación y fomento sanitarios en el SFS, fortaleciendo así la honradez, la eficiencia, la eficacia, e imparcialidad de la persona servidora pública.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4°, párrafo cuarto, establece que toda persona tendrá derecho a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Esta garantía constitucional se consagra en la Ley General de Salud, en sus artículos 1º y 2º, los cuales señalan el derecho a la protección de la salud, que tiene toda persona en el territorio mexicano. Asimismo, en su artículo 17 bis, establece que la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, instrumentará la política nacional de protección contra riesgos sanitarios.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 se enuncia como uno de los objetivos y lineamientos centrales del sexenio que la corrupción ha de erradicarse en toda la administración pública, no sólo la corrupción monetaria sino la que conlleva la simulación y la mentira, a fin de asegurar que ningún servidor público pueda beneficiarse del cargo que ostente, sea del nivel que sea, salvo en lo que se refiere a la retribución legítima y razonable por su trabajo, esto es, un combate total y frontal a la concesión de beneficios a terceros a cambio de gratificaciones, la extorsión a personas físicas o morales, el tráfico de influencias, el amiguismo, el compadrazgo, la exención de obligaciones y de trámites, y el aprovechamiento del cargo o función para lograr cualquier beneficio personal o de grupo.

En el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, así como en el Programa Institucional de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios 2020-2024, se establece homologar acciones bajo un enfoque territorial y actualizado con el propósito de combatir la corrupción y proteger a la población.

La presente Estrategia será implementada en apego al marco normativo vigente en materia de protección de la salud contra riesgos sanitarios, orientada a promover los valores, las reglas de integridad y ética en el servicio público en las APCRS, en el pleno y debido ejercicio de las personas servidoras públicas, mediante la prevención de conductas que representen posibles actos de corrupción y que repercutan en la debida ejecución de los procesos de operación y fomento sanitarios en el SFS, fortaleciendo así la honradez, la eficiencia, la eficacia, e imparcialidad de la persona servidora pública.

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 4°, párrafo cuarto, establece que toda persona tendrá derecho a la protección de la salud y a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Esta garantía constitucional se consagra en la Ley General de Salud, en sus artículos 1º y 2º, los cuales señalan el derecho a la protección de la salud, que tiene toda persona en el territorio mexicano. Asimismo, en su artículo 17 bis, establece que la Secretaría de Salud, a través de la COFEPRIS, instrumentará la política nacional de protección contra riesgos sanitarios.

En el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 se enuncia como uno de los objetivos y lineamientos centrales del sexenio que la corrupción ha de erradicarse en toda la administración pública, no sólo la corrupción monetaria sino la que conlleva la simulación y la mentira, a fin de asegurar que ningún servidor público pueda beneficiarse del cargo que ostente, sea del nivel que sea, salvo en lo que se refiere a la retribución legítima y razonable por su trabajo, esto es, un combate total y frontal a la concesión de beneficios a terceros a cambio de gratificaciones, la extorsión a personas físicas o morales, el tráfico de influencias, el amiguismo, el compadrazgo, la exención de obligaciones y de trámites, y el aprovechamiento del cargo o función para lograr cualquier beneficio personal o de grupo.

En el Programa Sectorial de Salud 2020-2024, así como en el Programa Institucional de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios 2020-2024, se establece homologar acciones bajo un enfoque territorial y actualizado con el propósito de combatir la corrupción y proteger a la población contra posibles riesgos, fortaleciendo la transparencia, profesionalismo y equidad en las Áreas de Protección contra Riesgos Sanitarios de las Entidades Federativas, primordialmente en los procesos de regulación, control y fomento sanitarios, a fin de inhibir actos de corrupción que limitan la efectividad de las acciones para proteger a la población mexicana contra riesgos sanitarios.